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El sector empresarial afectado por la pandemia podrá recibir ayudas de entre3.000 y 12.000 euros

El sector empresarial afectado por la pandemia podrá recibir ayudas de entre3.000 y 12.000 euros

Estas cantidades se incrementarán en un 25% si la empresa desarrolla una actividad económica prioritaria (hostelería, comercio y actividades culturales), por lo que las cuantías podrían alcanzar los 15.000 euros en función del tamaño y actividad de la empresa.

Jueves, 7 de enero 2021, 19:25

El Ayuntamiento de Campanario pone en conocimiento del sector emprerial del municipio que la Junta de Extremadura aprueba un presupuesto de 10 millones de euros para hacer frente a la disminución de ingresos causada por la pandemia del coronavirus.

La suma, que puede alcanzar los 15.000 euros, está financiada con fondos FEDER y pretende ayudar a los autónomos y a las empresas que hayan visto interrumpida o afectada su liquidez a causa de las limitaciones de aforo y las restricciones impuestas por la rápida expansión del COVID-19.

Las cuantías de las ayudas son las siguientes:

– De 3 a 5 trabajadores, 3.000 euros.

– De 6 a 20 trabajadores, 4.800 euros.

– De 21 a 50 trabajadores, 8.000 euros.

– Más de 51 trabajadores, 12.000 euros.

Estas cantidades se incrementarán en un 25% si la empresa desarrolla una actividad económica prioritaria (hostelería, comercio y actividades culturales), por lo que las cuantías podrían alcanzar los 15.000 euros en función del tamaño y actividad de la empresa.

El Decreto Ley, que fue publicado el pasado 31 de diciembre, engloba todas aquellas pymes y autónomos con sede en Extremadura y con independencia de su forma jurídica. Deben contar con al menos 3 trabajadores asalariados a jornada completa o 6 a jornada parcial.

Quedan excluidas de estas ayudas aquellos autónomos y pymes cuya actividad esté comprendida en las siguientes secciones o divisiones de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):

Sección A «Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca».

Sección K «Actividades Financieras y de Seguros».

Sección O «Administración Pública y Defensa; Seguridad Social Obligatoria».

Sección R «Actividades Artísticas, Recreativas y de Entretenimiento» División 92: «Actividades de juegos de azar y apuestas».

También quedan excluidas las empresas en crisis, conforme a lo establecido por la Unión Europea en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.

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