HOY CAMPANARIO
Jueves, 27 de junio 2024, 22:50
A partir del 1 de julio se podrá solicitar el Programa de asistencia material básicase puede solicitar el Programa básico de asistencia material básica, destinado a familias con menores y situación de extrema vulnerabilidad.
Las personas interesadas pueden solicitar esta ayuda del 1 al 15 de julio en la Concejalía de Servicios Sociales.
Se trata de un programa para ofrecer productos de alimentación y otros productos básicos de primera necesidad a familias con menores a su cargo en condiciones extremas de vulnerabilidad.
Este programa se ejecutará mediante unas tarjetas monedero con las que estas familias podrán adquirir productos básicos, en determinados supermercados. Las familias beneficiarias de estas tarjetas tendrán que reunir una serie de requisitos, como tener menores a su cargo y no superar un límite de ingresos establecido.
El Programa FSE+ de Asistencia Material Básica (BÁSICO), viene a sustituir al anterior Fondo de Ayuda Europea para los más necesitados (Programa FEAD). Una de las principales novedades de este programa es la sustitución del sistema de suministro de alimentos y productos de higiene por un sistema de provisión de tarjetas de compra o vales canjeables que permitan a las familias beneficiarias adquirir alimentos frescos y aquellos productos que consideren más necesarios en su situación particular.
Como ingreso se computarán cualquier ingreso, bienes y derechos que hayan percibido las personas integrantes de la unidad familiar en los tres meses anteriores a la presentación del consentimiento informado, derivados tanto del trabajo y de actividades económicas como de capital mobiliario e inmobiliario, incluyendo los incrementos del patrimonio, las pensiones compensatorias o alimenticias y los de naturaleza prestacional o subvencional (rendimientos de trabajo, pensiones, prestación y subsidios por desempleo, ingreso mínimo vital, protección a la infancia, suministros mínimos vitales, etc. ), así como otros sustitutivos de aquellos, computándose por importe neto.
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Se considerarán excepciones, es decir, no serán considerados ingresos las becas procedentes de actividades de formación, complementos para cuidados de tercera persona aparejado a pensión no contributiva, prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia o las ayudas económicas por acogimiento o adopción.
Del mismo modo se entenderá como unidad familiar la integrada por la persona solicitante y quienes residan de manera efectiva con ella en el mismo domicilio, ya sea por unión matrimonial o pareja de hecho, por parentesco de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como por adopción, tutela o acogimiento familiar constituidos por resolución judicial o administrativa.
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Será obligación de las personas interesadas presentar la documentación acreditativa de sus circunstancias socioeconómicas.
En el caso de que las solicitudes que cumplen requisitos fuesen superiores al número de tarjetas concedidas a esta localidad, se priorizará en primer lugar por mayor número de menores a cargo y en segundo lugar por menor cantidad de ingresos.
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